6. Derecho ambiental internacional

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6.1 Generalidades
6.2 Evaluación
6.3 Estructura del fichero de tratados ambientales
6.4.  Tratados internacionales multilaterales
6.5 Derecho ambiental de la Comunidad Europea (CE)

 

6.1 Generalidades

El derecho ambiental internacional involucra exigencias que deben observarse, en mayor o menor grado, en la ejecución de una EIA (Evaluación del Impacto Ambiental). En este sentido podemos mencionar restricciones de uso (relativas a determinadas áreas, actividades, etc.), delimitación de áreas protegidas o designación de recursos que requieren ser protegidos.

Dado que los textos de ciertas leyes también hacen referencia a "estándares ambientales" cualitativos o cuantitativos, en el presente Catálogo de Estándares Ambientales (CEA) se evaluaron aquellas leyes, acuerdos, directivas, protocolos, etc. que se conocen con el nombre de "tratados ambientales".

BURHENNE (1988 y 1989) presenta al comienzo una interpretación muy amplia del concepto "derecho ambiental internacional", o "tratado ambiental". Para el CEA solamente interesaban los tratados ambientales que se refieren, en el sentido más amplio, a los ámbitos relevantes para una EIA (Véase más arriba). Estos tratados figuran en las respectivas listas o en las páginas informativas (puntos 6.4 y 6.5).

El valor informativo directo de este fichero en lo que respecta a la EIA reside, fundamentalmente, en la vinculación de políticas y planificaciones ambientales con los bienes a proteger, las providencias legales referidas a sustancias nocivas (datos sobre emisiones/inmisiones) y la relevancia ecológica de su uso (comercialización de determinados productos, transporte de determinados bienes, manejo de determinadas sustancias o mercaderías, restricciones en el uso de la tierra o del aprovechamiento de recursos naturales, armonización de estándares ambientales, etc.). Esto se aplica especialmente a la legislación seleccionada vigente en la Comunidad Europea.

El presente trabajo también resulta de suma utilidad ya que brinda argumentos para la implementación de estándares ambientales e indica los factores ambientales que "deben ser tomados en cuenta". Por este motivo y debido al caracter internacional del proyecto, también se evaluaron tratados multilaterales, aún cuando por regla general el caracter de éstos es meramente programático y no obligatorio.

Esta temática, que abarca muchos niveles de diversos ámbitos jurídicos, sólo se puede encarar adecuadamente si se evalúan los aspectos generales más amplios que garantizan una continuidad en la disponibilidad de información acerca de los tratados ambientales.

El análisis de múltiples fuentes de información (bancos de datos y bibliografía) dio por resultado dos colecciones de hojas sueltas, de varios volúmenes, denominadas, respectivamente "Derecho ambiental internacional - Tratados multilaterales" (a la que nos referiremos como IURMV) y "Derecho ambiental de la Comunidad Europea" (a la que nos referiremos como UREG).

Ambas fuentes garantizan la recopilación continua, lo más completa posible, de los tratados a medida que van apareciendo; por ello también consideramos la posibilidad de continuar usándolas para la actualización permanente del CEA.

Esto permitió obviar la laboriosa evaluación de fuentes de información y documentos primarios.

Entre éstos, cabe mencionar especialmente: "UN Treaty Series" (Serie de tratados de Naciones Unidas), "Bundesgesetzblatt der BRD" (Boletín Legislativo de la República Federal de Alemania), "Unitred Kingdom Treaty Series" (Serie de tratados del Reino Unido),"US Government Treaty Series" (Serie de tratados del gobierno de los Estados Unidos), "Dokumentation des IUCN-Umweltrecht centers" (Documentación del centro de derecho ambiental de la UICN) así como el Boletín Oficial de las Comunidades Europeas).

Tanto en el IURMV como en el UREG figuran, con muy pocas excepciones, los textos de las leyes - en algunas incluso en varios idiomas - lo que permite, dado el caso, analizarlas más exhaustivamente. Además el IURMV también contiene un listado ordenado por países, que permite, por ej., buscar qué país ha aprobado/adoptado cuáles leyes.

Los diferentes objetivos de IURMV y del UREG, así como sus distintas rutinas de relevamiento, han inducido a que se los tratara en forma independiente en la presente sección del Catálogo.

6.2 Evaluación

Evaluación de la colección "Derecho ambiental internacional -  Tratados multilaterales" (IURMV)

Esta colección comprende unos 400 títulos de tratados ambientales multilaterales (convenios, protocolos, acuerdos, modificaciones, etc.) desde el año 1868 hasta 1994. En general también figuran los textos de los tratados. La Conferencia Ambiental de las Naciones Unidas en Estocolmo (1972) impulsó la celebración de acuerdos y la formulación de programas internacionales adicionales de gran trascendencia para la protección del medio ambiente. Por esta razón se consideró más apropiado limitar la evaluación, en una primera etapa, a los tratados firmados a partir de 1971. Se evaluaron para el CEA más de 150 tratados/acuerdos ambientales internacionales multilaterales y sus enmiendas/protocolos (Véase la lista de  tratados ambientales internacionales multilaterales).

Finalmente se han incorporado al fichero 11 tratados en los que se hace referencia a estándares ambientales y/o que contienen información que justificaba la confección de una página informativa especial.

La lista de tratados ambientales internacionales multilaterales mencionada (Véase el fichero de tratados ambientales) ofrece una visión general de los tratados evaluados del IURMV (1989). Las palabras clave indican el tema del tratado y su grado de importancia para la EIA. Se especifica, además, cuando existe en la sección "Fichero" del CEA una página informativa con datos más precisos sobre el tratado en cuestión.

Un aspecto importante de las páginas informativas es que en ellas no sólo se menciona el tema específico del tratado sino también los objetos involucrados y los fines perseguidos; se hizo hincapié en una interpretación lo más rigurosa posible, para que pudiese ser aplicada a situaciones problemáticas concretas relacionadas con la EIA; es decir, los datos referentes al objetivo específico se refieren exclusivamente al ámbito legal directamente involucrado, así como a los asuntos estipulados en el tratado. Las partes del tratado que no revisten importancia para la EIA o que no tienen aplicación posible en la planificación ambiental no se mencionan.

En la medida en que se consideró oportuno, se completaron las páginas informativas con "informaciones adicionales" sobre "estándares ambientales" o con una evaluación más exhaustiva.

Evaluación de la colección " Derecho ambiental de la Comunidad Europea" (UREG)

El UREG (1988) comprende unos 400 títulos de instrumentos legales relacionados con el medio ambiente (directivas, decisiones, reglamentos, resoluciones y ordenanzas así como sus enmiendas/directivas de armonización/adaptación) del Consejo o de la Comisión de las Comunidades Europeas hasta 1987, inclusive. La actualización del derecho ambiental de la CE se apoyó en la obra en siete tomos "Derecho Ambiental de la Comunidad Europea", editada por la Comisión de la CE así como en la carpeta de hojas sueltas "Derecho ambiental de la Comunidad Europea"(EG-Umweltrecht) editada por Storm/Lohse, 6ª entrega, 1995.

Los 66 instrumentos legales tratados, incluyendo sus enmiendas y directivas de armonización /adaptación, se han de considerar regulaciones/acuerdos relevantes para la EIA entendiéndose por "relevantes para la EIA" aquellos instrumentos legales cuyas disposiciones se refieren directamente a agentes nocivos, recursos ambientales o bienes a proteger. Esto se aplica asimismo a los tratados que revisten un caracter más programático.

Lo mismo que en el caso de los tratados multilaterales, las páginas informativas sobre los tratados ambientales de la CE también contienen información sobre los objetos regulados en el tratado, o sea que no sólo se formulan los fines sino también el tema específico del tratado, en términos rigurosamente definidos, para que pueda ser utilizado en cuestiones relacionadas con la EIA. En la medida en que se consideró oportuno, se completaron las páginas informativas con "informaciones adicionales sobre estándares ambientales" o con una evaluación más exhaustiva.

6.3 Estructura del fichero de tratados ambientales

El fichero se subdivide en:

1.  Tratados ambientales internacionales multilaterales (lista y páginas informativas)
2.  Tratados ambientales de la CE (lista y páginas informativas)

Las páginas informativas están ordenadas cronológicamente según la fecha de aceptación/codificación (IURMV o CE) del tratado primitivo; es decir, que los protocolos de enmienda o ampliación, o las directivas de enmienda/adaptación figuran, por regla general, en la descripción del tratado primitivo.

Para aquellos que deseen investigar los textos del tratado original, se hace referencia a la fuente. La información relevante para los estándares ambientales figura en cada caso en las "informaciones adicionales" y ha sido tomada, en algunos casos, directamente del texto del tratado. Las páginas informativas también brindan detalles de las directivas CE relevantes para la EIA.


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